Entre las diversas disposiciones de la Ley de Presupuestos de 2022 (Ley nº 234/2021), no había pasado desapercibido el apartado 137 del artículo 1, que, con la merecida intención de dar facilidades a aquellas madres que deseaban volver, tras ese inexplicable milagro llamado parto, al lugar de trabajo, decía literalmente: "Con carácter experimental, para el año 2022, se concederá una exención del 50% del pago de las cotizaciones a la Seguridad Social a las madres trabajadoras por cuenta ajena del sector privado durante un año, a partir de la fecha de su reincorporación al puesto de trabajo tras el permiso de maternidad obligatorio y durante un período máximo de un año a partir de la fecha de dicha reincorporación. Esto no afecta a la tasa a la que se calculan las prestaciones de jubilación".
Como siempre, aunque la norma es fuente de derecho, se esperaban instrucciones operativas sobre cómo aplicar la disposición en cuestión, con aclaraciones fundamentales. La publicación de la Circular INPS nº 102 de 19 de septiembre de 2022 recordó a las empresas y profesionales las disposiciones de la Ley de Presupuestos.
Más allá de las instrucciones puramente operativas y de los códigos de autorización que deben solicitarse (código OU que debe figurar en los flujos uniemens), el órgano administrativo ha intentado resolver ciertas dudas relativas a la aplicación de la facilitación sin conseguirlo, en opinión del redactor.
Artículo publicado en número 43 de 28 de octubre de 2022 de Guía de trabajosemanal de Il Sole 24 Ore. Visión de Darío Ceccato.