01 de marzo de 2022
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El 21 de diciembre de 2021, el Consejo de Ministros publicó el Decreto del Primer Ministro relativo a la "programación transitoria de los flujos de entrada de trabajadores extracomunitarios en el territorio del Estado para el año 2021", seguido el 05.01.2022 por la Circular nº 116 (circular redactada conjuntamente por el Ministerio del Interior y el Ministerio de Trabajo y Políticas Agrarias) que representa los procedimientos de presentación de las solicitudes.
Los actos mencionados establecen que los ciudadanos extracomunitarios son admitidos en Italia para realizar trabajos estacionales y no estacionales y por cuenta propia hasta un máximo de 69.700. Este valor máximo se diversifica por sector y tipo de contratación.
Con Nota nº 359 de 9 de febrero de 2022el ministerio asignó las cuotas de trabajo por cuenta ajena (estacional y no estacional) y por cuenta propia, antes Artículos 3, 4 y 6, Decreto Presidencial de 21 de diciembre de 2021, a ITL.
Estas son las disposiciones que debemos cumplir cuando tenemos que gestionar y evaluar la entrada en Italia de trabajadores procedentes del extranjero cuando no se dan los supuestos previstos en el artículo 27 y siguientes de la TUI (también denominados "entradas fuera de cuota").
Veamos juntos los detalles.
No estacionales y autónomos
Del total de 69.700 unidades, 27.700 están reservadas a trabajadores no estacionales y autónomos.
De estas 27.700, 20.000 unidades están reservadas a la entrada para el empleo no estacional en los sectores de la construcción y el turismo-hostelería para nacionales de terceros países que hayan firmado o estén firmando acuerdos de cooperación migratoria.
Las 20.000 unidades mencionadas se distribuyen a su vez del siguiente modo:
- Nº 17.000 trabajadores por cuenta ajena no estacionales nacionales de Albania, Argelia, Bangladesh, Bosnia-Herzegovina, Corea (República de Corea), Costa de Marfil, Egipto, El Salvador, Etiopía, Filipinas, Gambia, Ghana, Japón, Guatemala, India, Kosovo, Malí, Marruecos, Mauricio, Moldavia, Montenegro, Níger, Nigeria, Pakistán, República de Macedonia del Norte, Senegal, Serbia, Sri Lanka, Sudán, Túnez y Ucrania;
- 3.000 empleados no estacionales que sean ciudadanos de países con los que entren en vigor acuerdos de cooperación en materia de migración en el año 2022.
Las 7.700 unidades restantes se reparten del siguiente modo:
- Se admite en Italia a 100 extranjeros no comunitarios residentes en el extranjero que hayan completado programas de formación y educación en sus países de origen con arreglo al artículo 23 del Decreto Legislativo nº 286 de 25 de julio de 1998.
- 100 trabajadores de origen italiano por parte de al menos uno de sus progenitores hasta el tercer grado en línea directa de descendencia, residentes en Venezuela.
- Se autoriza la conversión en permisos de residencia por trabajo de:
-
- 4.400 permisos de residencia por trabajo estacional;
- 2.000 permisos de residencia por estudios, prácticas y/o formación profesional;
- Nº 200 Permisos de residencia de residente de larga duración en la UE expedidos a nacionales de terceros países por otro Estado miembro de la UE.
- También se autoriza la conversión en permisos de residencia por cuenta propia de:
-
- 370 permisos de residencia por estudios, prácticas y/o formación profesional;
- Nº 30 Permisos de residencia de residente de larga duración en la UE expedidos a nacionales de terceros países por otro Estado miembro de la UE.
- No. 500 ciudadanos extracomunitarios residentes en el extranjero, pertenecientes a las siguientes categorías, están autorizados a entrar en Italia por motivos de trabajo por cuenta propia:
-
- empresarios que se propongan llevar a cabo un plan de inversión de interés para la economía italiana, que implique la utilización de recursos propios por un importe no inferior a 500.000 euros y la creación de al menos tres nuevos puestos de trabajo;
- profesionales autónomos que deseen ejercer profesiones reguladas o supervisadas, o profesiones no reguladas pero representadas a nivel nacional por asociaciones inscritas en listas de las administraciones públicas;
- titulares de cargos de dirección y control de empresas expresamente previstos en el Decreto Interministerial nº 850, de 11 de mayo de 2011;
- artistas de clara notoriedad o alta y notoria cualificación profesional, contratados por entidades públicas o privadas, en presencia de los requisitos expresamente previstos por el Decreto Interministerial nº 850, de 11 de mayo de 2011;
- extranjeros que pretendan crear empresas "innovadoras de nueva creación" en el sentido de la Ley 221, de 17 de diciembre de 2012, si cumplen los requisitos establecidos en la misma y son autónomos con la empresa.
Trabajadores temporeros
Los ciudadanos extracomunitarios residentes en el extranjero son admitidos en Italia con fines de empleo estacional en los sectores agrícola y turístico-hotelero, hasta un contingente de 42.000 personas. Este contingente se refiere a los trabajadores temporeros no comunitarios que sean ciudadanos de los países indicados en el artículo 3, apartado 1, letra a), es decir, ciudadanos de Albania, Argelia, Bangladesh, Bosnia y Herzegovina, Corea (República de Corea), Costa de Marfil, Egipto, El Salvador, Etiopía, Filipinas, Gambia, Ghana, Japón, Guatemala, India, Kosovo, Malí, Marruecos, Mauricio, Moldavia, Montenegro, Níger, Nigeria, Pakistán, República de Macedonia del Norte, Senegal, Serbia, Sri Lanka, Sudán, Túnez, Ucrania.
De éstos, se reserva un contingente de 1.000 unidades para los trabajadores extracomunitarios, ciudadanos de los países indicados en el artículo 3, apartado 1, letra a), que hayan entrado en Italia para realizar un trabajo estacional subordinado al menos una vez en los cinco años anteriores y para los que el empresario presente una solicitud de nulla osta plurianual para el trabajo estacional subordinado.
Para el sector agrícola se reserva también un contingente de 14.000 unidades para los trabajadores extracomunitarios, ciudadanos de los países indicados en el artículo 3, apartado 1, letra a), cuyas solicitudes de nulla osta para la entrada en Italia para trabajos de temporada, incluidos los plurianuales, sean presentadas por las organizaciones profesionales de empresarios de Cia, Coldiretti, Confagricoltura, Copagri y Alleanza delle cooperative (Lega cooperative y Confcooperative). Estas organizaciones se comprometen a supervisar la conclusión del procedimiento de contratación de los trabajadores hasta la firma efectiva de los respectivos contratos de trabajo, incluidos los requisitos de comunicación previstos por la normativa vigente.
Nota 359 del Ministerio de Trabajo de 9 de febrero de 2022
Con la nota en cuestión, el ministerio facilitó los números de las cuotas de trabajo por cuenta ajena (estacional y no estacional) y por cuenta propia, de conformidad con los artículos 3, 4 y 6, a las inspecciones territoriales de trabajo.
En concreto, a continuación se describen las principales etapas.
En referencia a lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, lett. a) destinado al ingreso para el empleo no estacional en los sectores del transporte por carretera por cuenta ajena, la construcción y el turismo-hostelería, la Dirección General asigna, a través del sistema informático SILEN, a las Inspecciones Territoriales de Trabajo 14.000 cupos (de los 17.000 previstos por el Decreto del Presidente del Gobierno) indistintamente por sector productivo, en función de las necesidades comunicadas, previa consulta a los interlocutores sociales.
Con referencia a las cuotas previstas en el artículo 4:
- con respecto a los contingentes reservados para la entrada de trabajadores extranjeros que hayan participado en programas de formación y educación en sus países de origen (antiguo art. 23 del T.U.I.), la Dirección General comunica que asignará el contingente correspondiente a petición de las inspecciones de trabajo territoriales competentes, previa confirmación positiva del nombre del trabajador en la lista publicada en SILEN;
- En referencia a las admisiones reservadas a los trabajadores de origen italiano residentes en Venezuela, los cupos correspondientes no se distribuyen a nivel territorial, quedando a disposición de la Dirección General, que los asignará en función de las solicitudes concretas que reciban las Ventanillas Únicas de Inmigración y que le comuniquen las Inspecciones Territoriales de Trabajo;
- Con respecto a las conversiones en permisos de residencia por trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia, la Dirección prevé una Distribución territorial provisional de 3.200 cupos (de los 7.000 previstos por el Decreto del Primer Ministro), sobre la base de las solicitudes de conversión recibidas en el sistema SPI y comunicadas por el Ministerio del Interior a 8 de febrero de 2010.
En referencia a los contingentes de entrada para el trabajo estacional en los sectores agrícola y hostelero-turístico, previstos en el artículo 6:
- la Dirección informa de una primera distribución territorial de 13.700 cupos (de los 28.000 previstos por el Decreto del Primer Ministro), de los cuales 595 para solicitudes de trabajo estacional plurianual nihil obstat, sobre la base de las necesidades de mano de obra estacional no comunitaria comunicadas por las Inspecciones Territoriales de Trabajo y resultantes de las consultas realizadas a nivel local;
- la totalidad de los 14.000 cupos reservados a las solicitudes de trabajo estacional (incluido el plurianual) en el sector agrícola de las seis organizaciones profesionales patronales Cia, Coldiretti, Confagricoltura, Copagri y Alleanza delle cooperative (Lega cooperative y Confcooperative), se distribuyeron a nivel territorial en función de las solicitudes recibidas en el sistema SPI, y comunicadas por el Ministerio del Interior a partir del 4 de febrero. Como indica el Decreto del Ministro de Trabajo y Política Social nº 16 de 1 de febrero de 2022las Inspecciones Territoriales de Trabajo procederán a realizar el examen previo de los citados expedientes con carácter prioritario, derogando el principio cronológico de llegada de todas las solicitudes presentadas por los empresarios, a fin de emitir el dictamen competente. Una vez agotado el cupo de 14.000 unidades reservado a las organizaciones profesionales, las Inspecciones podrán tramitar todos los expedientes según el orden cronológico de llegada al sistema SPI y comprometer el cupo global de trabajo estacional/plurianual asignado a la provincia de referencia.
Si surgen necesidades locales superiores a las cuotas asignadas a nivel provincial, las Oficinas territoriales pueden solicitar cuotas adicionales para atender las solicitudes presentadas a las Ventanillas Únicas de Inmigración.
La cuestión
La aplicación para cumplimentar previamente los formularios de solicitud está disponible en https://nullaostalavoro.dlci.interno.it (accediendo como de costumbre mediante credenciales SPID) a partir del 12.01.2022.
Los plazos para presentar las solicitudes de autorización son los siguientes:
- a partir de las 9 horas del 27 de enero de 2022 para la contratación de trabajadores no estacionales, para los trabajadores autónomos y para las conversiones.
Estas solicitudes también incluyen las de trabajadores no estacionales de los sectores del transporte por carretera, la construcción y el turismo relativas a ciudadanos de países que han firmado acuerdos de cooperación en materia de migración con Italia. Por otra parte, para los ciudadanos de aquellos países cuyo acuerdo de cooperación en materia de migración aún no esté en vigor, las solicitudes sólo podrán presentarse a partir del decimoquinto día siguiente a la publicación del acuerdo de cooperación en el Boletín Oficial.
- a partir de las 9.00 horas del 1 de febrero de 2022 para la contratación de trabajadores temporeros.
Al igual que el año pasado, un requisito previo para cumplimentar y presentar solicitudes electrónicamente es la posesión de una identidad SPID, como se ilustra con Circular nº 3738 del Ministerio del Interior de 4 de diciembre de 2018.
Todas las solicitudes pueden presentarse hasta el 17 de marzo de 2022 y se procesarán en función de su respectivo orden cronológico de presentación.
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